EN SITUACIONES DE ESCASEZ DE SUMINISTRO, EL CONSEJO DE MINISTROS, MEDIANTE ACUERDO, PODRÁ ADOPTAR EN EL ÁMBITO, CON LA DURACIÓN Y LAS EXCEPCIONES QUE SE DETERMINEN, ENTRE OTRAS, ALGUNA O ALGUNAS DE LAS SIGUIENTES MEDIDAS: LIMITACIONES DE LA VELOCIDAD MÁXIMA DEL TRÁNSITO RODADO EN VÍAS PÚBLICAS. LEY 34/1998. ARTÍCULO 49. EN 1998 GOBERNABA aZNAR. EN 2002 EL MINISTERIO DE FOMENTO DEL GOBIERNO DE aZNAR REDUJO LA ILUMINACIÓN EN CARRETERAS Y AUTOVÍAS PARA AHORRAR ENERGÍA SIN COMUNICARLO AL PARLAMENTO. EN 2011 LAS MISMAS MEDIDAS COMUNICADAS Y TOMADAS POR EL GOBIERNO DE ZAPATERO LE PARECEN AL pp “IMBECILIDADES”
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